En estos días se ha iniciado el plazo de solicitud del cheque familiar para el año 2016, que contempla situaciones de deducción por familias numerosas, o ayudas mensuales bajo circunstancias similares.
CHEQUE FAMILIAR: CONDICIONES
El cheque familiar es la deducción que se aplica anualmente de 1200 euros, o mensualmente de 100 euros, con el objetivo de beneficiar a determinadas familias y colectivos especiales. Las ayudas se pueden acumular entre ellas, ya que por un lado estará la situación familiar concreta, y por otro lado las condiciones de los descendientes. Aunque si existirán límites para cada deducción, fijados por las cuotas totales a la seguridad social y la cotización en cada caso, de igual forma que las deducciones se calcularán proporcionalmente al número de meses en los que se cumplan simultáneamente los requisitos requeridos.
El cheque familiar puede ser solicitado por familias numerosas con hijos o ascendientes discapacitados o no, familias monoparentales con al menos dos hijos, y por parados con prestación por desempleo o pensionistas que tengan familia numerosa o familiares con discapacidad a su cargo.
En casos de familia numerosa, la deducción alcanza los 12000 euros anuales, y si se trata de una familia numerosa de categoría especial, será de 2400 euros anuales. Cuando se trate de una familia monoparental con dos hijos, también serán deducibles 1200 euros anuales. Y la misma cantidad se aplicará en familias con descendientes o ascendientes con discapacidad, por cada caso individual que se registre.
BENEFICIARIOS DEL CHEQUE FAMILIAR
Las personas que se beneficiarán de estas medidas son aquellos contribuyentes, que tengan derecho a la deducción del mínimo, en varios casos:
- Por ascendiente o hijo con discapacidad.
- Por ascendientes o hermanos huérfanos de padre y madre, que formen parte de una familia numerosa.
- Por ascendiente separado legalmente, o sin vínculo matrimonial, con dos hijos por los que tperciba la totalidad del mínimo previsto en el artículo 58.de la LIRPF, y donde conste que no tiene derecho a percibir anualidades por alimentos.
Los beneficiarios que reúnan los requisitos anteriores, podrán deducir las cuantías determinadas a partir de la declaración de IRPF 2015. En estas circunstancias, pueden existir casos en los que dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación de deducciones respecto de un mismo descendiente, ascendiente o familia numerosa, en cuyo caso, el importe se prorrateará entre ellos a partes iguales.
Por otro lado, también habrá contribuyentes parados o pensionistas, con derecho a deducción del mínimo por descendiente o ascendiente con discapacidad (artículos 58 y 59 de la LIRPF respectivamente), que formen parte de una familia numerosa, o bien sean ascendientes separados legalmente, o sin vínculo matrimonial con dos hijos, y que no tengan derecho a percibir ayuda de alimentos.
SOLICITUD DEL CHEQUE FAMILIAR
En principio hay que presentar una determinada documentación que demuestre que dichas circunstancias personales se están produciendo. A modo de resumen los documentos necesarios son los siguientes:
- Modelo 143 que se podrá obtener a través de DNI electrónico, o en cualquier sede de la Agencia tributaria.
- Título de familia numerosa y certificado de discapacidad.
- Código IBAN de cuenta bancaria.
- NIF del solicitante.
En cuanto al proceso de solicitud, habría que tener en cuenta los plazos, que en este caso se anticipa que es el 31 de marzo, por ser la fecha que se establece para solicitar los pagos anticipados desde enero. Adjunto a esto, de be ir cumplimentado el modelo 143, así como una solicitud por deducción a la que se tenga derecho. De igual forma, las modificaciones oportunas que afecten al cobro anticipado, deberán ser comunicadas en un plazo de 15 días naturales desde el inicio del incumplimiento de dichos requisitos.
La presentación del cheque familiar podrá hacer se de tres maneras diferentes:
- Presencialmente, en cualquier delegación de la Agencia Tributaria.
- Online, que requiere el uso de DNI electrónico.
- Telefónicamente, llamando al centro de atención telefónica de la AEAT.
MODALIDADES DE PRESENTACION DEL CHEQUE FAMILIAR
Existen dos modalidades bien diferenciadas, por un lado la modalidad individual, en la que se presentará una solicitud por cada contribuyente que tenga derecho a deducción, y por la que el abono al solicitante se hará de la cantidad resultante al dividir el importe total, entre el número de contribuyentes que tengan derecho a deducción según cada supuesto familiar particular. Y por otro lado, la modalidad colectiva, en la que la solicitud constará como parte de todos los contribuyentes con derecho a deducción. En caso de solicitar el abono anticipado de ayuda mensual, este será de 100 euros por descendiente, ascendiente o familia numerosa, y de 200 euros mensuales, si la familia es numerosa de categoría especial.
BISSE ASESORES RESUELVE DUDAS SOBRE EL CHEQUE FAMILIAR
Si toda esta información le ha sido de utilidad, quedamos a su entera disposición para cualquier duda o sugerencia que desde nuestro equipo de expertos profesionales en el tema, podamos solventarle y encauzarle, con el objetivo de facilitar las gestiones que estos procedimientos ocasionan.