Bonificaciones para PyMEs o autónomos que contraten jóvenes

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De todos es conocida la política de contratación que realizan pequeñas y medianas empresas, así como autónomos, para aumentar la plantilla y empezar proyectos de mayor envergadura. Dichas contrataciones se hacen inevitables y necesarias para poder gestionar adecuadamente el mundo de la empresa más incipiente, que aunque con una persona o dos comienza a generar frutos, al final hacer todo por la misma persona, se convierte en una carrera de fondo en la que la calidad puede verse afectada, y la salud del empresario puede verse mermada en algunos puntos.

Por estas variadas razones, se puede concluir que los autónomos o las PyMEs, que finalmente vayan a incorporar en sus plantillas de trabajadores, a jóvenes menores de 30 años, dispondrán de ciertas ayudas y bonificaciones directas para los empresarios, que estimularán la futura contratación de más personal.

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AYUDAS DISPONIBLES PARA AUTONOMOS Y PYMES

Desde la Seguridad Social, se apoya la contratación de jóvenes en búsqueda activa de trabajo, con el objetivo de realizar un beneficio mutuo entre empresarios y trabajadores, para todas las contrataciones que se realicen a lo largo de este año 2016. Dichas bonificaciones se aplicarán en forma de reducciones en las cotizaciones que se abonan por cada trabajador, y que quedan de la siguiente manera:

  • Cuando exista vinculación formativa, y se haga una contratación a tiempo parcial, siempre para jóvenes de menos de 30 años, la reducción se alargará hasta un máximo de 12 meses, y será del 100% en la cuota empresarial por contingencias comunes, en aquellas empresas con una plantilla inferior a 250 trabajadores.
  • La misma reducción se establecerá para aquellas contrataciones de jóvenes, que tengan lugar en microempresas o empresarios autónomos menores de 30 años, con la misma duración, también hasta un máximo de un año natural.
  • En el caso de contratos en prácticas, concretamente para menores de 30 años o menores de 35 años con alguna discapacidad demostrable, independientemente de la fecha de finalización de los estudios, tambien se establecen ciertas ayudas y bonificaciones, que serán vigentes siempre que anteriormente hayan estado inscritos en la oficina de empleo, de una reducción del 50% de la cuota empresarial por contingencias comunes, además de una bonificación adicional del 50% de la cuota empresarial por contingencias comunes, para jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. La duración de dichas ayudas se extenderá a lo largo de toda la vigencia del contrato que prevalece.

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  • Cuando se trate de una conversión contractual de un primer contrato a un joven, menor de 30 años inscrito en la oficina de empleo, en forma de contrato indefinido, la ayuda ascenderá a 500 euros anuales para los hombres, y una ayuda de 700 euros al mes para las mujeres. La duración máxima es de tres años, y se comenzará a percibir habiendo superado la duración mínima de tres meses.
  • Otra modalidad que se acoge al Real Decreto 1543/2012, constata que en caso de contratos en prácticas de menores de 30 años, o menores de 35 años discapacitados, que estén realizando prácticas no laborales, se establece una reducción del 75% en la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes. Además existirá una bonificación adicional del 25% de la cuota empresarial por contingencias comunes para aquellos jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Y de igual manera que en el caso anterior, la duración de la ayuda será la misma que la duración del contrato.
  • Por otro lado, para empresas en condición de cooperativas o sociedades laborales, donde los menores de 30 años inscritos en la oficina de empleo, se incorporen como socios trabajadores, la ayuda tendrá una cuantía de 800 euros anuales, con una duración máxima de tres años.
  • Por último, existen las llamadas empresas de inserción, en las que los menores de 30 años o discapacitados con menos de 35 años, que se encuentren en situación de exclusión social, recibirán una ayuda anual de 1650 euros mientras dure el contrato, o en casos de contratos indefinidos, esa ayuda será de un máximo de tres años.

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ASESORAMIENTO EN MADRID RESUELVE SUS DUDAS

Estamos aquí para resolver todas las dudas y cuestiones que le surjan al respecto, porque consideramos de máximo interés, que si está emprendiendo en su propio negocio, disponga de todas las ayudas posibles para usted mismo, al mismo tiempo que existan beneficios sociales exitosos para los trabajadores, en este caso, menores de 30 años e inscritos en la oficina de empleo.

Sin ninguna duda, consulte nuestros servicios en temas de asesoramiento laboral, y cuente con nosotros para esclarecer todas las dudas posibles que acontezcan sobre este tema. La confianza que manejamos con nuestros clientes es fundamental a la hora de crecer como empresa y como expertos asesores y profesionales de todo lo relacionado con el tema laboral y contractual.