Crear una sociedad limitada puede resultar un proceso complejo. En este post nos proponemos informarte de algunos de los trámites que es necesario hacer para poder dar de alta la SL.
Como expertos en asesoría fiscal y legal, en Bissé Asesores nos encargamos de todo el procedimiento para crear una sociedad limitada, por lo que presta mucha atención a los elementos que hay que tener en cuenta.
Aspectos esenciales para crear una sociedad limitada
1. Registrar el nombre de la SL en el Registro Mercantil. En primer lugar, debes dirigirte al Registro Mercantil Central y solicitar tu certificado negativo de denominación social. El nombre que has elegido para tu empresa no debe coincidir con ninguna otra sociedad ya existente.
2. Crear una cuenta bancaria e ingresar el capital social. El siguiente paso consiste en abrir una cuenta bancaria para tu empresa, ingresar el capital social mínimo de 3000,06 € y solicitar el certificado de ingreso que deberás presentar ante notario
3. Crear los Estatutos Sociales. Los socios de la SL deberán redactar unos estatutos sociales que habrá que agregar a la constitución de la empresa. Este documento legal tiene una serie de requisitos para que sea conforme a la normativa, por lo que es conveniente que sea escrito por un profesional.
4. Crear la Escritura pública de la sociedad. La creación de la Escritura Pública de constitución de la SL debe hacerse ante notario y se requieren los siguientes documentos: certificado negativo de denominación social, certificado de ingreso del capital social, Estatutos Sociales, DNI de los socios y la Declaración de los inversores extranjeros.
5. Solicitar el NIF provisional. Una vez creada la escritura pública, debes solicitar un NIF provisional a Hacienda mediante el modelo 036 y presentando una fotocopia de la escritura de constitución de la SL.
6. Darse de alta en el IAE. Si facturas menos de 1.000.000 de euros al año, puedes darte de alta en el Impuesto de Actividades Económicas sin pagar ningún tributo y a través del propio modelo 036.
7. Presentar la Declaración Censal: donde se indica el comienzo, modificación o cese de actividad, una vez ya dado de alta en el IAE.
8. Inscribir la Sociedad en el Registro Mercantil. A partir de este punto, tienes un plazo de 2 mese para inscribir la Sociedad en el Registro Mercantil de la provincia correspondiente a donde se ha fijado el domicilio social de la Sociedad Limitada.
9. Conseguir el CIF definitivo. Por último, debes acudir de nuevo a Hacienda para recoger tu CIF definitivo. A partir de este momento, la Sociedad Limitada ya está dada de alta.
Si necesitas asesoramiento o llevar a cabo los trámites de alta y creación de la Sociedad Limitada, te invitamos a ponerte en contacto con nosotros a través de este formulario.