Las claves de la reforma que afectará a los autónomos

renta-2016-1
Las 67 preguntas más frecuentes de la renta 2016
28 marzo, 2017
Implicaciones del cambio de sede social de una empresa
18 octubre, 2017
Mostrar todo
reforma-autonomos

El comienzo del último trimestre del año viene de la mano con la puesta en marcha de algunas de las modificaciones de la ley de autónomos, culminándose su total entrada en vigor con la llegada del año natural. (Proposición de Ley)

Se pretenden introducen medias para reducir la carga administrativa y se modulan los recargos por ingreso fuera de plazo de las cuotas a la Seguridad Social, es decir, frente al recargo actual del 20 o 35 por ciento sobre la deuda, la propuesta prevé un 3% de la deuda, si esta se abona dentro del mes siguiente al vencimiento del plazo, del 5% si se abona dentro del segundo mes, del 10% si es dentro del tercer mes y del 20% para los abonos a partir del tercer mes siguiente al vencimiento del plazo.

La nueva reforma supondrá cambios sustanciales en las facilidades otorgadas a los autónomos, incentivando la actividad emprendedora desde el punto de vista fiscal. Así pues, todos aquellos que decidan poner en marcha sus actividades por cuenta propia podrán acogerse a la tarifa plana de 50€ al mes por un año y no por seis meses, como hasta ahora se venía haciendo. Del mismo modo, mejorarán las condiciones de los emprendedores con discapacidad. Además, existirá la posibilidad de darse de alta en el RETA únicamente por los días trabajados, sin necesidad de abonar por todo el mes.

Se impondrán facilidades para conciliar la vida familiar y la vida laboral, sobre todo para las mujeres, quienes tendrán derecho a la tarifa plana de 50€ durante un año cuando sean madres, pudiéndose acoger a esta ventaja hasta dos años después de cesar su actividad. Con todo, la cuota de autónomos durante el descanso por maternidad/paternidad, estará bonificada al 100%. Paralelamente, si quien cotiza está al cargo de una persona dependiente con un grado de discapacidad mayor o igual al 33%, existirá una bonificación de la cuota durante doce semanas, además de incorporarse la posibilidad de contratar a los hijos con discapacidad reconocida.

Sin embargo, los cambios más sustanciales se encuentran en la nueva deducibilidad de gastos, que permitirán, entre otros, imputar hasta 26 € diarios de las dietas siempre y cuando hayan sido abonadas por medio telemático (tarjetas de crédito/débito o mediante móvil), ascendiendo la cuantía a 46€ cuando se trata del extranjero. Todos aquellos que trabajen desde casa podrán deducir hasta un 20% de los gastos que se hayan devengado en proporción a los metros de hogar que se utilizan como espacio de trabajo. En otras palabras, si un autónomo que trabaja desde casa debe hacer frente a una factura de luz de 200 € y su domicilio cuenta con 150m2 de los cuales 30 utiliza como oficina, podrá deducir 8 €, que se calcula como: 20% x (30/150) x 200. Este sistema facilitará los cálculos y beneficiará a quienes utilicen una proporción mayor de su vivienda como lugar de trabajo.

Pero también se ofrecen ventajas para los que trabajen fuera de casa, pues contarán como accidentes laborales los «in itinere», aquellos que se puedan producirse de camino al trabajo.

Con esta iniciativa se pretender abordar con profundidad la situación actual de los trabajadores autónomos en España.

Amplía esta información o cualquier en nuestro departamento fiscal de  Bissé Asesores.

Autor: Departamento Fiscal Bissé Asesores  – Alejandro Garcia Puente